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Condenan a un hombre por estrellar un perro de 1 Kg
El Juzgado nº 1 de Alcazar de San Juan condena a un hombre por estrellar un perro de 1 Kg contra la pared. La dueña denunció los hechos y El Refugio se personó como acusación en Juzgado nº 1 de Alcázar de San Juan. Goofy ahora esta casi recuperado de las graves lesiones El suceso se produjo el 15 de octubre de 2007 en Alcázar de San Juan. Los hechos sucedieron a las 15:30 del 15/10/07 todo sucedió muy rápidamente Carmen la dueña de Goofy como hace habitualmente sale de su casa a pasear su perro y como el ascensor esta averiado baja por las escaleras y en el rellano del primer piso se para a conversar de la avería con uno de los vecinos de repente salen al rellano los vecinos de la puerta de enfrente padre e hijo el hijo dice según la dueña del Goofy voy a degollar al puto perro sin mediar palabra el padre coge a Goofy y lo estrella contra la parece escaleras abajo quedando tirado en el suelo en estado de shock inmediatamente lo llevan a la clínica veterinaria donde lo estabilizan y detectan numerosos hematomas y la perdida de visión del ojo derecho. En la sentencia se puede leer textualmente como hechos probados: Que a las 15:30 del 15/10/07 se encontraba María del Carmen en el rellano del piso segundo del edificio sito en Alcazar de San Juan con su perro hablando con su vecino cuando se abrió la puerta del condenado quien salió cogió el perro y lo tiro contra la pared del descansillo. Como consecuencia del fuerte golpe sufrió diversos traumatismos y tuvo que ser atendido en la clínica veterinaria. Lo más importante es que el autor de los hechos ha estado sometido a un procedimiento penal interrogado por la Juez fiscal y acusación. Y finalmente ha sido condenado. Animamos a todos a denunciar cualquier situación de maltrato. Manifestó Nacho Paunero Presidente de El Refugio Se pueden ver varios videos de Goofy y otros muchos en El Refugio TV la primera televisión de los animales www.elrefugiotv.org El Juzgado número 1 de instrucción de Alcazar de San Juan condena como autor responsable de una falta de daños a animales prevista en el art. 625 del C.P. a la pena de 20 días de multa a razón de 8 € diarios. Y a los gastos veterinarios de 108 50€ Quedando en caso de impago sujeto a la responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas con expresa condena en costas. El Refugio está inmerso en cerca de 100 procedimientos penales civiles y administrativos en diferentes comunidades autónomas.
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